Antes de saberse que una grave crisis financiera había comprometido la capacidad del Seguro Nacional de Salud (Senasa) para cumplir sus responsabilidades económicas, esta administradora de riesgos de salud había sido multada por 9.5 millones de pesos por incumplimientos recurrentes de pagos a prestadores y negación de servicios a sus afiliados. 

Miguel Ceara Hatton, titular de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), firmó las tres resoluciones a finales del 2024 y principios del 2025 para sancionar a la aseguradora del Estado a pesar de los esfuerzos disuasivos de su equipo legal. 

En la Resolución 2-2025, del 7 de abril del 2025, la Sisalril castigó a Senasa por atrasarse con frecuencia desde hacía dos años en los pagos a los prestadores de servicios de salud (PDS), a raíz de un recurso que interpuso el Centro Policlínico Nacional. 

La entidad detectó "un incumplimiento recurrente por espacio de dos años" que constituía una "conducta típica" que podría ocasionar un "impacto negativo en la liquidez, rentabilidad y operatividad de su red". 

"La segunda parte (Senasa) pudiera estar comprometiendo la calidad de la atención a los usuarios por adoptar medidas de contención de costos que hagan, frente a la irregularidad de los pagos, limitar el acceso a los servicios de salud y limitar el pago recíproco al recurso humano que interviene en la atención a los pacientes", reza la opinión técnica de la Dirección de Aseguramiento en Salud de los Regímenes Contributivos y Planes de la Sisalril. 

La entidad consideró que era necesario examinar la situación más allá del recurso particular que le habían presentado en vista de los múltiples casos y solicitudes que recibía para intervenir en la gestión de cobros por incumplimiento de plazos por parte de Senasa

"En tal virtud, se consideró un patrón reiterado en el arrastre de pagos pendientes…. lo que configura una infracción administrativa de carácter continuado y reiterado, en franca contravención a las disposiciones normativas vigentes", señala el documento. 

La Sisalril consideró procedente la adopción de medidas correctivas orientadas a establecer una consecuencia jurídica ante el incumplimiento y a subsanar los retrasos, disponiendo el inicio de un procedimiento administrativo sancionador. 

Se puso al día

Senasa se puso al día con las deudas que tenían pendiente con el centro de salud reclamante y solicitó que, en consecuencia, se dejara sin efecto el proceso y se archivara el expediente por carecer de objeto.  

Sus abogados alegaban que el procedimiento administrativo sancionador iniciado vulneraba los principios de racionalidad y proporcionalidad, en virtud de que dicho retraso no había causado perjuicio a los afiliados, ya que no se había producido una negación de las coberturas de salud, y que la medida adoptada por la Sisalril era desproporcionada en relación con los efectos reales sobre los derechos de los afiliados. 

La respuesta de la Sisalril a estos argumentos fue que sostener que la falta de perjuicio directo e inmediato a los afiliados excluye la posibilidad de sanción evidenciaba un desconocimiento del carácter sistémico del régimen de aseguramiento. 

Afirmó que el retardo de pagos compromete la viabilidad económica de los prestadores, afecta la calidad y continuidad de los servicios y, por ende, pone en riesgo el acceso oportuno y adecuado de los usuarios a las coberturas previstas. 

Sanción que tomó Sisalril

La regularización de los pagos pendientes al Centro Policlínico Nacional fue considerada por la Sisalril como un factor atenuante en la determinación de la sanción. Por eso se impuso una penalidad de 101 salarios mínimos, el monto menor para una infracción moderada, lo cual totalizó 1,888,902 pesos

Además, se ordenó a Senasa tomar una serie de medidas para asegurar el saldo a tiempo de sus débitos con los prestadores. 

Uno de ellas fue crear y presentar a la Sisalril un nuevo modelo para interactuar y responder las requisiciones de los Prestadores de Servicios de Salud (PSS), y un plan de acción que garantice la trazabilidad del proceso de facturación, sustentado en mecanismos de pago oportunos.

La Dirección de Aseguramiento en Salud para el Régimen Contributivo y Planes de la Sisalril tendría a su cargo dar seguimiento al cumplimiento de esas obligaciones. 

Negación

El 21 de julio del 2025, Senasa también fue multada por 3,889,852 pesos (201 salarios mínimos) "por negación de cobertura del procedimiento cirugía de escoliosis" y el 20 de noviembre del 2024 fue sancionada con 3,740,400 pesos por haber limitado la cobertura del procedimiento escisión de disco intervertebral "a pesar de que dichas coberturas están contempladas en el catálogo de prestaciones". 

Esas decisiones están contenidas en las resoluciones 11-2025 y 3-2024.

El dinero resultante de las tres multas debía ser abonado a la Cuenta de Subsidios.

 

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