Abogado Anderson Dirocie explica que fallo del TC elimina normas discriminatorias en Fuerzas Armadas y Policía

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SANTO DOMINGO. – El abogado constitucionalista Anderson Dirocie explicó que la reciente sentencia del Tribunal Constitucional declara inconstitucionales disposiciones del Código de Justicia Militar y Policial que permitían sancionar a miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional por su orientación sexual.

Dirocie, quien interpuso la acción de inconstitucionalidad junto a la abogada Patricia M. Santana Nina, precisó que las normas impugnadas -que datan de la era de Trujillo y 1963- sancionaban expresamente la sodomía entre personas del mismo sexo, violando derechos fundamentales a la privacidad, libre desarrollo de la personalidad y trabajo.

"La sentencia no crea nuevos derechos, sino que coloca a las personas LGBTI en igualdad de condiciones frente a la ley", afirmó el jurista formado en Leiden y Harvard, en referencia al artículo 39 constitucional sobre no discriminación.

El abogado destacó que tanto la Procuraduría General de la República como el Senado coincidieron en la inconstitucionalidad de los artículos, considerándolos incompatibles con el Estado Social y Democrático de Derecho. La Cámara de Diputados, aunque presentó argumentos críticos, dejó el fallo en manos del Tribunal.

La aplicación de la sentencia es inmediata y cualquier sanción basada en estas normas podría generar responsabilidades legales para quienes las apliquen. Dirocie aclaró que el fallo se limita exclusivamente a este aspecto y no aborda el matrimonio igualitario.

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