Un tribunal federal de apelaciones determinó el miércoles por la noche que la Casa Blanca actuó de manera ilegal al revocar las protecciones migratorias que permitían a cientos de miles de venezolanos residir y trabajar legalmente en Estados Unidos.
Un panel de tres magistrados del Noveno Circuito confirmó la resolución de una corte inferior que establecía que la secretaria de Seguridad Nacional, Kristi Noem, se excedió en sus atribuciones al poner fin al Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) para ciudadanos venezolanos.
No obstante, la decisión no tendrá repercusión inmediata, ya que en octubre la Corte Suprema autorizó que la medida de Noem entrara en vigor mientras se espera una resolución definitiva.
Un correo electrónico enviado al Departamento de Seguridad Nacional la noche del miércoles no fue respondido.
Los jueces también respaldaron la conclusión del tribunal inferior respecto a que Noem sobrepasó sus competencias al suprimir anticipadamente las protecciones para cientos de miles de ciudadanos haitianos. Se anticipa que un tribunal federal en Washington se pronuncie en cualquier momento sobre una solicitud para frenar la eliminación del TPS para Haití mientras avanza una demanda independiente.
Las protecciones para los haitianos estaban programadas para concluir el 3 de febrero.
Los magistrados Kim Wardlaw, Salvador Mendoza Jr. y Anthony Johnstone —todos nominados por expresidentes demócratas— sostuvieron que la legislación sobre TPS, aprobada por el Congreso, no otorga al secretario de Seguridad Nacional la facultad de revocar unilateralmente una designación vigente de este estatus.
“La ley contempla múltiples garantías procesales que proporcionan estabilidad y previsibilidad a las personas beneficiarias del TPS durante periodos de crisis excepcionales en sus países de origen”, escribió Wardlaw, designada por el expresidente Bill Clinton. Agregó que las “acciones ilegales de Noem han tenido consecuencias tangibles y significativas” para los migrantes venezolanos y haitianos que dependen de esta protección.
“El expediente contiene numerosos ejemplos de ciudadanos trabajadores y contribuyentes —madres, padres, cónyuges y parejas de ciudadanos estadounidenses, sin antecedentes penales— que fueron deportados o detenidos tras perder su TPS”, añadió.
El TPS, creado por el Congreso mediante la Ley de Inmigración de 1990, faculta al Departamento de Seguridad Nacional a otorgar un estatus migratorio temporal a personas que huyen de guerras civiles, desastres naturales u otras situaciones extraordinarias que impidan un retorno seguro a su país.
Este estatus se otorga por períodos de seis, doce o dieciocho meses, prorrogables, y protege a los beneficiarios de la deportación, además de permitirles trabajar legalmente. Sin embargo, no otorga vía directa a la ciudadanía estadounidense.
Al justificar la revocación del TPS, Noem sostuvo que las condiciones en Venezuela y Haití habían mejorado y que mantener a los migrantes bajo este programa temporal ya no respondía al interés nacional.
Venezuela continúa sumida en una prolongada crisis socioeconómica, caracterizada por hiperinflación, desempleo, escasez de alimentos, corrupción y mala administración gubernamental, lo que ha provocado la migración masiva de millones de ciudadanos.
Haití fue incluido por primera vez en el programa TPS en 2010, tras un devastador terremoto de magnitud 7.0 que dejó miles de muertos y millones de damnificados. Actualmente, el país enfrenta una crisis alimentaria aguda y altos niveles de violencia por parte de bandas criminales.
Por su parte, el juez Mendoza señaló que había “sólida evidencia de prejuicio racial y nacional” que respaldaba la conclusión de que las decisiones de Noem fueron “preconcebidas y justificadas con argumentos poco sólidos”.
Afirmó que las medidas no fueron motivadas por diferencias sustanciales de política pública, sino por una percepción estereotipada que asociaba a los migrantes de Venezuela y Haití con criminalidad o inestabilidad mental.
Los representantes legales del gobierno defendieron que la secretaria cuenta con amplias facultades para adoptar decisiones sobre el TPS y sostuvieron que dichas acciones no son susceptibles de revisión judicial. También negaron cualquier motivación discriminatoria.
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