Servicio Militar obligatorio: Una medida que podría violar la constitución dominicana

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Por: Lic. Marino Rafael Minaya

La propuesta reciente del Servicio Militar Obligatorio (SMO) en la República Dominicana, presentada el 29 de agosto de 2024, ha desatado controversias debido a sus potenciales conflictos con derechos fundamentales establecidos en la Constitución, especialmente el Artículo 45 sobre libertad de conciencia y de cultos.

El proyecto busca enfrentar problemas sociales como la delincuencia juvenil, pérdida de valores morales, consumo de drogas y violencia doméstica mediante la imposición obligatoria de entrenamiento militar y disciplina a todos los jóvenes dominicanos de entre 18 y 35 años. Sin embargo, esta medida plantea serios interrogantes desde diferentes perspectivas.

Desde un enfoque moral y constitucional, la implementación del SMO podría violar explícitamente el Artículo 45, el cual protege la libertad de conciencia y de cultos. La obligatoriedad del servicio militar sin alternativas claras para quienes tienen objeciones éticas o religiosas va en contra de derechos constitucionales fundamentales, confirmados por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (Sentencia TC/0872/24).

Además, desde un punto de vista sociológico y psicológico, aunque el servicio militar podría proporcionar beneficios en disciplina y autoestima, el modelo obligatorio puede causar estrés y problemas emocionales adicionales, especialmente en jóvenes con vulnerabilidades psicológicas preexistentes.

La implementación también enfrenta desafíos logísticos y presupuestarios significativos, ya que requiere infraestructura y recursos amplios, además de generar resistencia social considerable debido a su naturaleza coercitiva.

Expertos sugieren que, en lugar de imponer un servicio militar obligatorio generalizado, debería considerarse un modelo focalizado en grupos específicos vulnerables, complementado con políticas sociales robustas para atacar de raíz los problemas de pobreza y desigualdad.

En definitiva, aunque la intención del SMO podría parecer loable, resulta inviable constitucionalmente en República Dominicana sin alternativas claras que respeten plenamente la libertad de conciencia y religión de cada ciudadano. Por ello, se recomienda un enfoque alternativo que respete los derechos fundamentales y promueva soluciones integrales y menos coercitivas.

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