Sosúa, Puerto Plata. — Ante los rumores que circulan en redes sociales sobre una supuesta pérdida de bienes del ciudadano extranjero Devree Antoine Holis, conocido como “Ray”, de nacionalidad bahameña, propietario del bar Rumba en la calle Pedro Clisante, El Nuevo Norte aclara que la deportación o salida forzosa del país no implica la pérdida de la propiedad privada, siempre que ésta haya sido adquirida legalmente.
De acuerdo con informaciones confirmadas por este medio, Holis habría solicitado su residencia dominicana hace apenas una semana, pero aún no contaba con estatus migratorio regular al momento del incidente que provocó su arresto tras un altercado con agentes de Politur.
En la República Dominicana, un extranjero puede realizar transacciones legales —como comprar terrenos, negocios o propiedades— siempre que se encuentre dentro del período de estadía legal de tres meses y cuente con documentación válida, como pasaporte, visado o permiso temporal.
“El Estado dominicano puede o no aprobar una residencia, pero la ley no permite que se despoje a un extranjero de sus bienes por una deportación o por un proceso migratorio pendiente”, explicó una fuente vinculada al ámbito jurídico.
Hasta donde ha podido confirmar El Nuevo Norte, Ray tiene un socio que continúa al frente de la operación del establecimiento, el cual permanece abierto y funcionando con normalidad.
La posible deportación del empresario estaría vinculada al hecho de haber rociado agua y presuntamente lanzado objetos a agentes policiales apostados frente a su negocio, luego de que —según testigos— les pidiera que se retiraran de la acera donde acostumbraban permanecer.
Sin embargo, desde el punto de vista legal, la deportación no anula la titularidad de sus bienes, y el extranjero mantiene sus derechos de propiedad. En caso de salir del país, existe la posibilidad de poder regularizar su estatus migratorio a través de sus abogados o desde su país de origen.
En la República Dominicana, la Ley General de Migración (285-04) rige el proceso de solicitud de residencia y el derecho del Estado a otorgarla o negarla. La ley establece categorías de residencia (temporal o permanente) y los requisitos para cada una. La Dirección General de Migración tiene la autoridad para aprobar o denegar las solicitudes y para cancelar la permanencia de los extranjeros si no cumplen con la ley.
El Nuevo Norte hace un llamado a la prudencia y a no difundir información no verificada sobre este caso, que continúa siendo objeto de seguimiento por parte de las autoridades de Migración y la Fiscalía de Sosúa.
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